Guías para las Solicitudes de Licencias de Actividades y reformas de locales de negocios







Esta guía pretende servir de orientación y ayuda para tod@s aquell@s que pretenden solicitar una licencia de apertura para un local, nave, oficina o similar, o una reforma del negecio. 

En todo caso, consulte siempre a un técnico cualificado, ya que cada tipo de local o actividad es diferente y puede presentar ciertas particularidades. 

El estudio ARQUINUR RG. S.L.P. sólo ofrece este tipo de servicio para las Licencias de Actividades en la isla de Tenerife. 

Es también imprescindible, antes de decidirse por la compra o alquiler de un local o nave, asesorarse sobre los requisitos que debe cumplir el mismo, y que dependerán principalmente de la actividad que se vaya a desarrollar en él.

Con el fin de orientar a nuestros clientes, explicaremos en varios puntos, los pasos a seguir para llevar a cabo el proceso de la tramitación burocrática:


1.- Elaboración del Proyecto de licencia de apertura y/o adecuación de local:
  • El Proyecto de licencia de apertura ha de ser elaborado por un Técnico competente. (En algunos municipios, y para determinadas activdades, únicamente se exige un Certificado de Seguridad Estructural).
  • Una vez elaborado el Proyecto, ha de ser presentado ante el Colegio Oficial correspondiente para su visado, junto con la documentación complementaria, trámite indispensable previo a la presentación ante la Administración.
  • En el Proyecto han de contener todas las características del establecimiento: dimensiones, modificaciones a realizar, distribución, instalaciones, presupuesto, etc., así como de la actividad a desarrollar en el mismo, justificando siempre el cumplimiento de las normas aplicables.
  • En algunos ayuntamientos se exige una documentación complementaria (hojas de parámetros, certificados, etc.) que también ha de ser cumplimentada por el Técnico y visada por el Colegio Oficial.
  • Dependiendo también de la actividad a desarrollar, puede ser necesario que se realicen gestiones o se presente documentación ante determinados Organismos Oficiales. Esto es muy común, por ejemplo, en actividades sanitarias, guarderías e industriales. Algunos de estos documentos han de ser elaborados por el Técnico, y visados por el Colegio Oficial.

2.- Visado del Proyecto por el Colegio Oficial:
  • Una vez elaborado el Proyecto, ha de ser presentado, junto con la documentación complementaria, ante el Colegio Oficial correspondiente para su visado, trámite indispensable previo a la presentación ante la Administración.
  • El visado del Proyecto conlleva el pago de unas gastos colegiales que varían dependiendo del tipo de local o actividad.

3.- Abono de las tasas municipales correspondientes y Solicitud de Licencia de Apertura:
  • Visado el Proyecto, el siguiente paso es abonar las Tasas Municipales de Licencia de Apertura. El importe de las mismas depende de varios factores: actividad a desarrollar, superficie construída del local y ubicación del mismo.
  • Este trámite se realiza en el Ayuntamiento, que normalmente emite una carta de pago que ha de ser abonada en una entidad bancaria, o en el propio SAC.
  • Con el resguardo de haber abonado las Tasas Municipales, y toda la documentación técnica y complementaria, se puede proceder a la solicitud de la licencia de apertura ante el Ayuntamiento. Este trámite suele realizarse en los SAC.
  • En las autorizaciones para ejercer una actividad inocua se expedirá de forma inmediata, si los titulares del negocio presentan correctamente la documentación, al tiempo que la "estricta y fiel veracidad" de los informes y documentos aportados recaerá de manera clara tanto en los profesionales técnicos como en los titulares de las actividades. En este caso se deberá presentar una Declaración Responsable.

4.- A esperar... :
  • Una vez presentada toda la documentación, sólo queda esperar a que el Ayuntamiento nos conteste, bien concediendo directamente la licencia de apertura, o bien solicitando alguna aclaración relativa a la documentación presentada.
  • El tiempo que tarda el Ayuntamiento en contestar depende de cada municipio, pero no suele ser superior a tres meses, En algunos municipios la licencia de apertura se concede de forma inmediata, provisionalmente. 
  • En algunos municipio, para las actividades clasificadas, como por ejemplo consultas médicas, discotecas y restaurantes, hay dos vías. Para una de ellas, cuando también se pide licencia de instalación, hay que esperar 15 días para contar con la consulta previa de la actividad favorable, emitida por Urbanismo, y para la otra, en la que se solicita solo licencia de inicio de la actividad, se podrá obtener de forma inmediata.
  • Una vez consedida la Licencia habrá que realizar el pago del Impuesto por Construcciones, Instalaciones y Obras, que asciende a un porcentaje del presupuesto de ejecución material que aparece en el Proyecto de Actividad, si se han contemplado obras. Este presupuesto resume, a precios de mercado, las instalaciones fijas que tenga el local, las obras y la maquinaria necesaria para implantar la actividad. 

5.- Ejecución de la Obra:
  • Una vez obtenida la licencia se ejecutarán las obras señadalas en el Proyecto. Se deberá contactar sólo con  instaladores autorizados por la Conserjería de Industria.
  • Finalizadas las obra y  las instalaciones, los instaladores deberán elaborar un boletín o certificado de la instalación según modelo oficial.
  • A su vez, en determinados tipos de actividad, el promotor deberá ponerse en contacto con una OCA (Organismo de control acreditado) que realizarán una inspección de las instalaciones.
  • Una vez se tengan todos los certificados y boletines se les deberá entregar al Técnico Director de la obra una copia de estos, para redactar el Certificado Final de Obra.
  • El siguiente paso es presentar en la delegación de industria y energía los certificados realizados por los instaladores junto con proyecto y otra documentación requerida. De este proceso se obtendrán los sellos, que darán validez a los boletines emitidos por los instaladores. 
6.- Certificados Finales de Obra:
  • En algunos Ayuntamientos existe un procedimiento abreviado para determinadas actividades. En esos casos los certificados se suelen entregar junto con el proyecto, al efectuar la solicitud.
  • Para las actividades no acogidas al procedimiento abreviado, existe un procedimiento general, en el que si es necesaria la emisión de unos certificados finales por parte del Técnico. Estos se emiten cuando los solicita el Ayuntamiento.

7.- Dar de alta a los Suministros y la Actividad:
  • Por último, se procederá a la contratación con las empresas suministradora.
  • Paralelamente al proceso comentado, en determinados tipos de actividad, se deberá tramitar en el municipio correspondiente la documentación necesaria para obtener la licencia de apertura, así como la publicación de la propuesta de la actividad en un periódico y en el tablón de anuncios del propio ayuntamiento, para que los vecinos hagan las objeciones convenientes antes del comienzo de la actividad. 
  • Los anteriores pasos son un resumen general del proceso, éstos, en determinadas ocasiones, suelen ser más complejos y pueden variar en función del municipio.

8.-Consejos a la hora de pedir un presupuesto de licencia de apertura:
  • Reúna toda la documentación que le sea posible referente a la actividad a desarrollar, y sobre todo referente al local o nave. Si facilita planos o memoria de calidades del mismo a su Técnico, agilizará mucho su trabajo y ganará tiempo.
  • Explique al Técnico lo más detalladamente posible todo lo relacionado con el local y la actividad a realizar. Coméntele cualquier detalle, aunque le parezca poco relevante, y consúltele cuantas dudas tenga.
  • Pago de los Gastos Colegiales. Acuerde con su Técnico quién asumirá el pago de los mismos y si van incluidas o no en el presupuesto.
  • Tramitaciones. Consulte con su Técnico si el presupuesto incluye las tramitaciones a realizar o sólo la elaboración del proyecto. Es decir, pregúntele si él se encarga de hacer las gestiones pertinentes ante el Colegio y ante los Organismos Oficiales, o si ha de hacerlas usted.
  • Seguimiento del proceso. Consulte con su Técnico si realizará un seguimiento del expediente de su licencia de apertura o si ha de ser usted quien esté pendiente de futuras gestiones previas a la obtención de la licencia.
  • Certificados Finales. Consulte también con su Técnico si será necesaria la emisión de algún tipo de certificacado en relación con la licencia de apertura (como el certificado de final de obra o de instalación), y si es objeto de presupuesto aparte o está incluido en el presupuesto facilitado.
  • Es recomendable que todos estos aspectos aparezcan detallados en el presupuesto u oferta que le presente el Técnico, así como cualquier otro posible gasto adicional: cobro por desplazamientos, mediciones, etc.

9.- Preguntas Frecuentes:
  • ¿Qué es una Licencia de Actividad?  
    • Una Licencia de Actividad es la autorización municipal que solicita una persona o empresa para implantar una determinada actividad en un local en concreto. 
  • ¿Qué diferencia hay entre Licencia de Actividad y Licencia de Apertura?
    • La Licencia de Actividad es la autorización inicial que concede el Ayuntamiento para poder implantar una determinada actividad en base a un Proyecto Técnico presentado.
    • Y la Licencia de Apertura o Funcionamiento es la Licencia definitiva con la que el Ayuntamiento da permiso para poder abrir la actividad. Primeramente se solicita al Ayuntamiento la Licencia de Actividad, y tras concederla, se proceden a realizar las obras. Este mismo expediente municipal abierto concluye en la concesión de la Licencia de Apertura o Funcionamiento.
  • ¿Que es una Actividad Inocua?
    • Se considerarán actividades inocuas aquéllas que no sea presumible que produzcan molestias significativas y que se especifican en la ordenanza municipal.
    • La primera apertura de los establecimientos mercantiles e industriales, el cambio o adición de actividades o de titular, la modificación o ampliación física del local y/o sus instalaciones, así como la utilización de locales como auxilio o complemento de la actividad principal ubicada en otro local, si su actividad está clasificada como inocua (no incluida en el Reglamento de actividades molestas, insalubres, nocivas y peligrosas) precisa de licencia de apertura de actividades inocuas.
  • ¿Que es una Actividad Clasificada?
    • Las nuevas actividades y sus ampliaciones precisan de licencia de apertura y funcionamiento si ésta se halla clasificada como molesta, insalubre, nociva o peligrosa.
    • La licencia de apertura y funcionamiento de las actividades clasificadas tiene por objeto autorizar la puesta en marcha o el inicio de la actividad en locales o instalaciones, previa constatación de que han sido ejecutados de conformidad a las condiciones técnicas establecidas por la normativa vigente, y que se encuentren debidamente terminados y aptos, según las condiciones urbanísticas, ambientales y de seguridad de su destino específico.
  • ¿Que es una Declaración Responsable?
    • Se define como el documento suscrito por la persona titular de una actividad empresarial o profesional en el que declara, bajo su responsabilidad, que cumple con los requisitos establecidos en la normativa vigente, que dispone de la documentación que así lo acredita y que se compromete a mantener su cumplimiento durante la vigencia de la actividad.

  • ¿Quién concede esta licencia de Actividad y la Licencia Apertura?
    •  La concede el Ayuntamiento donde esté ubicado el local.
  • ¿Y qué incluye la Licencia de Apertura?
    • Nombre del titular de la actividad (Empresa o autónomo). 
    • La dirección del local. 
    • La actividad. 
    • Superficie del local. 
    • Potencia a instalar. 
    • Descripción de las instalaciones del local. 
    • Relación de la maquinaria necesaria para la implantación de la actividad. 
    • Descripción de las medidas correctoras necesarias para implantar la actividad. 
    • Fecha.
  • ¿Tiene caducidad la Licencia de Apertura?  
    • No. Si hubiese un cambio de normativa, el ayuntamiento inspeccionará las antiguas licencias y obligará a adecuarse a la nueva normativa.
  • ¿Puede modificarse una Licencia de Actividad o Apertura?  
    • La Licencia de Actividad y Apertura debe siempre estar actualizada, si se modifica cualquiera de los parámetros que hemos descrito (Titular, ubicación, actividad, superficie, potencia, maquinaria, horario) habrá que modificar la Licencia de Actividad y Apertura.

  • ¿Qué es necesario para conseguir una Licencia de Actividad?  
    • Hay que presentar en el Ayuntamiento el Proyecto Técnico necesario según el tipo de procedimiento.  
  • ¿Que es un Proyecto de Actividad? 
    • Un proyecto de actividad, es un tipo de proyecto que se requiere para obtener la correspondiente licencia municipal, que permitirá la apertura, el ejercicio y la explotación de esta.
    • Existen varios tipos de proyectos en función de la actividad que se pretenda desarrollar. De forma general se pueden agrupar de la siguiente forma.
      • Proyecto para locales de pública concurrencia.
      • Proyecto para actividad.
      • Proyecto para actividades clasificadas.
  • ¿Puede hacer cualquiera esta documentación?  
    • No. Porque es un trámite complejo. Para evitar problemas, confíe en nuestra Ingeniería Especializada en licencias de actividad y apertura.  

  • ¿En caso de traslado del negocio a otro local, me vale mi anterior Licencia de Actividad y Apertura?  
    • No. La licencia está ligada al local en concreto. Se tendrá que tramitar una nueva Licencia de Actividad y Apertura en el nuevo local. En la documentación gráfica se describe y se justifica, la actividad implantada en un local concreto. Si cambia la actividad o el local habrá que tramitar una nueva Licencia Actividad y Apertura.  

  • ¿Tengo una antigua licencia en el local que voy a alquilar, me sirve?  
    • Existe un trámite que se denomina cambio de titular de Licencias de Actividad o Apertura. Pero sólo se cambia el nombre del titular de la licencia. Se utiliza para aquellos casos donde se traspasa la actividad. Por lo tanto, la actividad debe ser la misma, el local el mismo, las dependencias las mimas, la maquinaria ni las instalaciones no varían. Es un trámite muy sencillo, que cualquiera puede hacer. Sólo debe presentar por registro municipal, el impreso de cambio de titular firmado por el anterior titular, la licencia a modificar y el contrato de alquiler o compra del local.  

  • ¿Hay que tramitar una Licencia de Actividad y otra de Obras?  
    • No. Se tramita una única Licencia de Actividad con Obras de acondicionamiento puntual. Las obras que afectan a ampliación de superficie, modificación de elementos estructurales o composición de fachada, tienen un trámite específico, "Obra Mayor". Se deberá obtener una licencia previa para hacer las obras y posteriormente implantar la actividad.  

  • ¿Qué es la Licencia de Apertura o Funcionamiento?  
    • Una vez que el Ayuntamiento ha revisado la documentación o Proyecto Técnico, concede el Certificado de Conformidad o Licencia de Actividad y de Obras. 
    • Para las actividades inocuas el certificado de Conformidad será la licencia definitiva. 
    • Se realizan las obras. Y una vez finalizadas, se emite el Certificado final de las Obras que se entrega en el Ayuntamiento para completar el expediente. 
    • El Ayuntamiento realiza una visita de inspección y hace un requerimiento documental solicitando al titular de la actividad, el seguro de responsabilidad civil, el contrato de mantenimiento de los extintores, el Plan de Prevención… 
    • Una vez entregada toda la documentación, el ayuntamiento concede la Licencia de Apertura o Funcionamiento. Esta es la licencia definitiva para las actividades calificadas. 
    • Por lo tanto, una Licencia de Apertura o Funcionamiento es la autorización municipal que permite el ejercicio de la actividad solicitada en la Licencia de Actividad.

  • ¿Puedo aumentar la potencia de mi instalación eléctrica? 
    • La respuesta a esta pregunta es SI. Lo que varía es la tramitación que se deberá realizar para el aumento. Lo primero que debemos hacer es saber ¿CUANTA POTENCIA QUEREMOS CONTRATAR?. 
    • Según el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión, podremos aumentar la potencia contratada hasta en un 50% más sin ninguna tramitación, únicamente solicitándola a la empresa suministradora.
    • Si por el contrario queremos contratar una potencia superior a la potencia que tenemos contratada más del 50% de ésta, este aumento de potencia requiere la ayuda de un Técnico competente.
      • Si en la instalación antigua (existente) se necesitó un proyecto, en la nueva se necesitará de un nuevo proyecto.
      • Si por el contrario, si la instalación antigüa se realizó mediante un boletín o certificado, se necesitará de un nuevo boletín para solicitar un aumento de potencia.

La filosofía de nuestra empresa es la de ofrecer unos servicios de la máxima calidad con las soluciones técnicas y económicas más adecuadas en cada proyecto, realización del trabajo en los plazos más ajustados para el cliente y unos precios altamente competitivos. Este tipo de servicio para las Licencias de Actividades sólo lo prestamos en la isla de Tenerife.

Nuestro control de calidad, nuestro alto grado de autoexigencia, la minuciosidad en la elaboración de cada plano y cada detalle y nuestra continua formación, garantizan la fiabilidad y la calidad de nuestros trabajos. El equipo de ARQUINUR está compuesto por un equipo multidisciplinar altamente proporcionado y cualificado, especializado, formado por arquitectos, ingenieros, arquitectos técnicos, informáticos, diseñadores y delineantes, dispuestos a perfilar y concretar la opción más acertada entorno a la idea y necesidad del cliente.

A CONTINUACIÓN le facilitamos unas Guías de ayuda más específicas, dependiendo del tipo de actividad a desarrollar, que puede acceder pinchando sobre los enlades de las imágenes siguientes:







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3 comentarios:

  1. Muy bien explicado y redactado ya que hay que estar al tanto de todos los pasos ya que aunque no sea una abogada laboral merece la pena tenerlos en mente, muy útil

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  2. Una explicación detallada y lo mejor es la sección de preguntas frecuentes. Buena explicación acerca de la licencia de apertura. Un post realmente bueno.

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  3. Un artículo muy interesante, extenso y bien redactado. Estaba buscando información acerca de como conseguir una licencia de actividad en Sevilla y me ha despejado muchas dudas al respecto. Enhorabuena.

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Estudio ARQUINUR RG. S.L.P. BRyCO - "El Bricolaje y la Construcción" DeArqui - "Deseos de la Arquitectura"